Prolongar el verano como nómadas digitales: Lo que nos anuncia el nuevo Anteproyecto de Ley

María Rosa Vallecillo Gámez.
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
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Universidad de Jaén..


1.Se nos acabó el verano, o al menos el periodo dedicado al ocio y a la desconexión que, espero y deseo, los seguidores de nuestro blog, hayan sabido aprovechar, “como la ley manda”. Cogemos impulso de nuevo para el comentario y la reflexión de los temas de actualidad laboral relacionados con las consecuencias de la digitalización de la economía. Y como nos resistimos a abandonar este periodo turístico por excelencia, nos toca reflexionar sobre las posibilidades que ofrece, para quien pueda serlo, el nomadismo laboral digital.

España es un destino turístico a nivel mundial, eso es de todos sabido, pero la tendencia apunta hacia el aprovechamiento de los recursos turísticos para trabajar. Potenciar la combinación de trabajo y ocio en entornos climáticos favorables es dar un paso más hacia la consolidación de esa especie nueva de trabajador que es el nómada digital. Algunos países ya ofrecen esta posibilidad y el nuestro publicita un anteproyecto de ley para impulsar a las empresas emergentes que supondría la creación de un nuevo visado para trabajadores en remoto.

El gobierno español anunció este verano la implementación de una nueva visa y un permiso de residencia para trabajadores remotos que sean nacionales de terceros países – nacionales de países que no son miembros de la Unión Europea-. La Visa Internacional de Teletrabajo (“la Visa”) permitirá a los solicitantes elegibles residir y trabajar en España por hasta un año, mientras que el Permiso de Residencia Internacional de Teletrabajo (“el Permiso”) otorgará derechos de trabajo y residencia por hasta dos años. Se espera que el gobierno español comience a emitir los nuevos documentos, visa y permiso para diciembre de 2022.


2.Cuestiones clave. El Visado Internacional de Teletrabajo y el Permiso de Residencia estarán disponibles para nacionales de terceros países que trabajen por cuenta propia o por cuenta ajena en empresas registradas fuera de España y pretendan prestar servicios profesionales a empresas no españolas desde dentro de España mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación. El Permiso de Residencia también estará disponible para los nacionales de terceros países que ya tengan autorización para trabajar y residir en España y deseen cambiar su estatus migratorio para trabajar a distancia desde España. Los titulares de Visas y Permisos Internacionales de Teletrabajo tendrán prohibido recibir remuneración de fuentes españolas y realizar trabajos que generen ingresos para las entidades españolas.

Las empresas que deseen patrocinar, en términos utilizados por el propio gobierno – y con mucho sentido si entendemos que se trata de impulsar el crecimiento económico de nuestro país – y las personas físicas que deseen solicitar una Visa o Permiso de Residencia deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Los solicitantes deben ser profesionales altamente cualificados que hayan recibido un título de grado o posgrado de una universidad, instituto de formación profesional o escuela de negocios. Pero también se aplica, en coherencia con nuestro sistema de acreditación de competencias profesionales, a aquellas personas que tengan y acrediten al menos tres años de experiencia profesional
  • Las empresas no españolas con las que los solicitantes tengan una relación “laboral” – de empleo – o “profesional” – de trabajo por cuenta propia – deberán acreditar que han operado como empresas lícitas durante al menos un año y que los solicitantes pueden realizar sus actividades laborales o profesionales de prestación de servicios de forma remota desde el territorio de España
  • Tanto los solicitantes de empleo por cuenta ajena como por cuenta propia deberán acreditar haber trabajado de forma continuada – en el caso de las personas solicitantes desempeñen un trabajo por cuenta ajena -, o mantenido relaciones comerciales – en el caso de las personas solicitantes sean trabajadores por cuenta propia), con dichas empresas durante al menos los tres meses anteriores a la presentar sus solicitudes de Visa/Permiso

3.Los mejores lugares para trabajar a distancia en la UE. España se une a una lista creciente de países que han introducido visas y/o permisos para trabajadores remotos tras el brote de la pandemia de COVID-19. Los empleadores que permitan el teletrabajo pueden considerar a España como un destino potencial para sus empleados que buscan trabajar de forma remota. Y eso, a pesar de los recientes datos de descenso del teletrabajo. El teletrabajo experimentó su momento álgido en 2020, el año del confinamiento, llegando a acoger a 3,5 millones de trabajadores. Sin embargo, la situación de hoy en día es bastante diferente. 2 años después de la declaración de la pandemia, la realidad laboral ha cambiado notablemente: casi 1 millón de personas menos trabajan remotamente. En otras palabras, la evolución del teletrabajo, a día de hoy, concluye con un descenso a 2,6 millones de personas. Hoy en día, según los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el 13% de los españoles trabaja a distancia. 

6 de las 8 mejores ciudades para nómadas digitales están en Europa. Esto lo determina la velocidad de la banda ancha, el coste de la vida, los índices de criminalidad y otros factores.

La clasificación es la siguiente:

  • Madrid, España
  • Ciudad de México, México
  • Praga, República Checa
  • Tiflis, Georgia
  • Berlín, Alemania
  • Lisboa, Portugal
  • Pekín, China
  • Zagreb, Croacia

Pero también desde el buscador de alquileres vacacionales Holidu han creado un nuevo Índice de Trabajo en el que clasifican las mejores ciudades del mundo para teletrabajar y divertirse. Una manera de soñar «en otra vida, en otro mundo…» para combatir el síndrome postvacacional…