María Rosa Vallecillo Gámez.
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén.
“Si buscas resultados distintos
No hagas siempre lo mismo”
A. Einstein
1.El nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia. La publicación del RD Ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, cuya entrada en vigor está prevista para enero de 2023 viene a cumplir el acuerdo adoptado en el Pacto de Toledo y el Acuerdo Social Tripartito de 1 de julio de 2021, además de recoger el compromiso establecido en la Componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su desarrollo está previsto para 3 años en 15 tramos de despliegue progresivo para la determinación de las bases de cotización y cuotas de los autónomos en función de los rendimientos netos y supone la implementación de un sistema puente como transición al modelo de cotización por ingresos reales.
La norma define el concepto de rendimientos netos como la diferencia entre los ingresos y los gastos en los que se incurra en el ejercicio de la actividad y que sean necesarios para la obtención de ingresos. Adicionalmente se incluye un 7% – 3% si se trata de autónomos societarios – de deducción por gastos genéricos a aplicar sobre la cantidad resultante. En función de la previsión de ingresos los autónomos pueden cambiar su cuota hasta seis veces al año, con una regularización a efectuar al final del ejercicio. Las cuotas oscilarán para 2023 entre 230 y 500€ y en 2025 entre 200 y 590€. Se prevé una reducción de la cuota de un 30% con respecto a la actual. Igualmente, a partir del 1 de enero de 2023 la cuota reducida pasará a ser de 80€, 20€ más de la actual.
2.El procedimiento digital. Y habrá quien a estas alturas esté pensando qué es lo que esta circunstancia afecta a la temática de este blog dirigido a las consecuencias de la digitalización económica en el trabajo y el empleo… y hacen bien, porque ya que anunciamos en el título de esta entrada la referencia a su contenido, esto es cómo la digitalización puede afectar/favorecer a las personas que ejercen su actividad por cuenta propia, el primer punto no ha sido más que una información adicional y creo que no baldía, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid.
Porque resulta que la gestión de estos cálculos se realizará a través del portal ImportaSS. Los autónomos tendrán que presentar la previsión anual y este portal asigna la cuota a pagar. ImportaSS es un espacio digital adaptado a dispositivos móviles accesible desde la web (SEDESS) y la App de la Seguridad Social. Según la información que consta en la publicidad de la propia aplicación, ya no es necesario saberse la normativa a aplicar en cada uno de los casos porque el portal guía al usuario en cada uno de los trámites a través de explicaciones e información sobre cada una de las decisiones y los derechos y obligaciones.
Entre las cuestiones que dotan de accesibilidad y de facilitación de los trámites encontramos, por ejemplo, la asignación automática de un Número de Afiliación a la Seguridad Social si no se dispone de él en el momento del inicio del alta en el portal, lo que evita el trámite adicional de solicitud. Igualmente, en el caso de no poder finalizar el trámite por alguna causa – falta de algún dato, por ejemplo – se dispone de acceso a un borrador durante 10 días para facilitar el alta. Existe, también, la posibilidad de programar las altas y bajas si se conoce la fecha en la que se van a producir e incluso cancelarlas si no se inicia o finaliza la actividad en la fecha informada. La sección “Tu archivo de documentos” en el área personal del portal, es el vínculo personalizado del usuario a sus trámites. Y, por último, y no menos importante de cara a la planificación, existe un simulador para consultar la cuota aproximada, algo parecido al ya conocido simulador de cálculo de la pensión de jubilación.
3.Y como de analizar las herramientas digitales a disposición de las personas trabajadoras autónomas que la administración pone a disposición de estos trabajadores, en este caso para mejorar y favorecer la digitalización de sus negocios, es indispensable hacer referencia al Kit Digital, el paquete de ayudas a la digitalización vigente para este año. Como casi todas las ayudas relacionadas con la tecnología, estas se financian con fondos comunitarios, en concreto las ayudas proceden de los Fondos Next Generation de la UE, enmarcados en la Agenda Digital 2025. Se dirigen a autónomos y Pymes, y teniendo en cuenta porcentaje mayoritario de estas empresas en nuestro país, debemos suponer su importancia para el avance de nuestra economía, porque su fin es la “mejora de la productividad y el aumento de la competitividad de estas empresas”.
Se justifica la necesidad de estas ayudas en los datos que arroja el Índice DESI (Índice de Economía y Sociedad Digital) y que sitúa a España en 2021 en el puesto 16 de los 27 en cuanto a digitalización de las Pymes y que supone un descenso con respecto al año anterior de 3 puestos que, inevitablemente, se deberían corregir. Pero ¿qué es lo que pretenden estas ayudas? Pues fundamentalmente, un incremento de la madurez digital. Eso sí, cumpliendo una serie de condiciones para el acceso, entre ellas: ser microempresa, Pyme o persona trabajadora autónoma, que la empresa no esté calificada como empresa en crisis, estar al corriente de todas las obligaciones fiscales y tributarias, no incurrir en las prohibiciones contenidas en la Ley General de subvenciones, que la empresa esté inscrita en el correspondiente registro empresarial… esto es, todas las cuestiones habituales cuando se pretende acceder a subvenciones.
Pero, además, la digitalización, como no podía ser de otra manera, también introduce en esta solicitud un condicionamiento relacionado y algo más novedoso a los que se nos tiene acostumbrados, cual es el disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo como el test de diagnóstico que se contiene en la plataforma del Ministerio Acelera Pyme. Esta plataforma incluye tres herramientas: el Test de Diagnóstico Digital, la Autoevaluación de Transformación Digital y la Autoevaluación de Ciberseguridad.
4.A modo de valoración/conclusión. En toda la información utilizada para la elaboración de esta entrada, me surgen dudas y al mismo tiempo echo de menos un par cuestiones que pongo sobre el papel y a la valoración del lector.
En primer lugar, siempre que se habla de políticas de fomento del trabajo autónomo y, especialmente en las aquí referenciadas que implican para su acceso el uso de la tecnología, nunca encuentro las tan ansiadas acciones de formación que deberían de llevar implícitas – incluidas como derechos en la LETA – y que, a mi juicio y enlazo con otras temáticas de este blog, evitarían a este colectivo algunos de los llamados riesgos psicosociales asociados a la digitalización. Hablo del tecnoestrés o la tecnofobia por la imposición del uso de estas herramientas y el desconocimiento de su uso por parte del usuario.
Y, en segundo lugar, me hace reflexionar sobre las bondades para los autónomos de los mecanismos de reducción de las cuotas de Seguridad Social. A mi juicio, estas medidas trasladan al propio autónomo la responsabilidad sobre su futura pensión – a menos cotizaciones, pensiones más bajas – lo que sigue suponiendo una brecha entre las pensiones percibidas por los trabajadores por cuenta ajena y las percibidas por los trabajadores por cuenta propia. Amén de su impacto en la “hucha” de Seguridad Social. Y digo yo ¿no sería mejor instituir medidas de ayuda al establecimiento de los autónomos que no dependieran del futuro de sus pensiones? Total…caja única, fondos públicos…crecimiento económico… políticas de empleo o autoempleo. Nos falta cultura.